1.1.- Es objeto de las presentes bases, la selección y posterior contratación de un operario de servicios múltiples de utilidad colectiva en Tejeda de Tiétar (Cáceres).
1.2.- La duración del contrato será de 6 meses.
1.3.- La contratación se efectuará a tiempo completo (40 horas semanales).Se trabajará de lunes a viernes. Por orden expresa de la Sra.Alcaldesa se trabajaran, por razones organizativas, días festivos ocasionales que se compensaran con descanso en días laborables.
1.4.- El trabajador percibirá una retribución bruta mensual correspondiente al SMI, se (Se percibirán 6 mensualidades de dicho importe bruto, en el que van prorrateadas las pagas extraordinarias ( 825,53 euros brutos mensuales con prorrateo en el año 2.017).
- Fechas
- Para tomar parte en la presente convocatoria, los interesados dirigirán sus solicitudes a la Sra. Alcaldesa-Presidenta y se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento, en el plazo de 20 días hábiles, de 8:30 a 14 horas, a contar desde el día siguiente a la fecha del Decreto de aprobación de las bases (desde el 18 de abril de 2.017 hasta el 16 de mayo de 2.017, ambos inclusive). 
- Requisitos
- Para tomar parte en el proceso selectivo, será necesario reunir las siguientes condiciones: - a) Ser español o nacional de algún Estado Miembro de la Unión Europea o aquellos Estados a los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, en los términos previstos en la Ley que regula la materia - b) Tener cumplidos 16 años al terminar el plazo de presentación de instancias. - c) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas. - d) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario del servicio de las Administraciones Públicas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario , o para ejercer funciones similares a las que se desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. - e) Estar empadronado en el núcleo de Tejeda de Tiétar al ser una subvención concedida a todos y cada uno de los Municipios y Entidades Locales de Extremadura en función de los datos de demandantes de empleo de cada una y a su población en edad laboral, con criterios de reparto regresivo. - f) Ser personas paradas de larga duración , en situación de exclusión o riesgo de exclusión social, que no sean beneficiarios de prestaciones o subsidios por desempleo, excepto perceptores de la Renta Básica Extremeña de Inserción, así como personas paradas de larga duración con ingresos o percepciones distintas siempre que los ingresos de la unidad familiar de convivencia ,en computo mensual, no superen el 75% del IPREM 2017( referido a 14 pagas), más el 8% por cada miembro hasta un máximo de 1,5 veces el IPREM. - Se entenderá como parados de larga duración a aquellas personas que en los últimos doce meses, a contar hasta la finalización del plazo para presentar las solicitudes de participación en el proceso selectivo, no hayan trabajado más de 30 días a jornada completa o 60 días a jornada parcial. - Se considerará unidad familiar de convivencia del candidato en el proceso de selección, - la regulación establecida en el artículo 9 de la Ley 9/2014, de 1 de octubre ,por la que se regula la renta Básica Extremeña de Inserción. - En ausencia de personas paradas de larga duración, podrá contratarse a personas paradas, que concurran al proceso selectivo y reúnan el resto de los requisitos exigidos. 
- Bases
- Ver Anexo 

